Incompatibilidad, en la provincia de Barcelona (08026)
Buenas tardes,
espero que sea claro realizando las preguntas.
Yo tengo una pensión por orfandad completa. Por lo tanto, no puedo tener ingresos iguales o superiores al SMI.
La cosa es, si yo constituyo una S.L.U., recibo un beneficio de un trabajo, y seguidamente ese mismo dinero (beneficio), lo presto a un particular, mediante un contrato de préstamo sin intereses, ese "beneficio" inicial ya no cuenta como ingresos de mi parte, ¿verdad? por lo que no se cancelaría la pensión al no tener ingresos en mi cuenta.
De ser negativa la respuesta, me gustaría que me aconsejarais sobre alguna forma de poder facturar, y que no me cancelen la prestación.
También otra pregunta, a modo de intentar no volver a molestar: Puedo, al igual que con la pensión por cotización, retirar todo el monto de "dinero" que me queda por recibir?
Muchas gracias por su atención,
llevo tiempo buscando solución pero parece que nadie tiene respuesta.
Muchas gracias, un saludo!